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En Mallorca tenemos dos normativas principalmente que regulan el buceo recreativo. La normativa del Govern Balear (Decreto 40/2007 BOIB 19 Abril 2007) y la normativa del gobierno central Orden 14 Octubre 1997 BOE 22 Noviembre 1997). Una regula el buceo deportivo y recreativo en Baleares y otra regula las normas de seguridad del buceo a nivel estatal.
Para unirlas y resumirlas separaremos por un lado, lo que deben cumplir los buceadores recreativos para bucear y por otro lado, lo que deben exigir los centros de buceo a los buceadores.
BUCEADORES
Para poder bucear en Mallorca deben tener:
- Titulación de buceo (salvo cursos y bautizos que deben ir con personal técnico).
- Haber pasado un reconocimiento médico donde se reconozca apto para el buceo con menos de dos años de antigüedad.
- Logbook o cuaderno de buceo.
- Seguro de accidentes o licencia federativa que cubra el tratamiento en cámara hiperbárica.
- Tener la edad mínima:
- De 8 a 9 años solo hasta 6 metros
- De 10 a 11 años solo hasta 12 metros
- De 12 a 15 años solo hasta 21 metros
- A partir de 16 según la titulación que tenga
- Siempre se ha de bucear acompañado.
- Siempre se debe disponer de una embarcación en superficie.
- No se puede bucear con un bajo estado físico, psíquico, tensión, ansiedad, embriaguez, enfermedad, sueño, ingestión de drogas o de similares efectos.
- No se puede bucear cuando las condiciones atmosféricas impidan la maniobra normal de la embarcación.
- Debemos llevar al bucear:
- Chaleco compensador de la flotabilidad
- La botella debe tener un sistema de control de la presión interior
- Reloj y profundímetro o bien ordenador de buceo
- Cuchillo
- Dos segundas etapas
CENTROS DE BUCEO DEBEN EXIGIR A LOS BUCEADORES
- Los buceadores deben firmar una declaración responsable como que cumple lo anterior y que se comprometen a seguir las instrucciones del personal técnico del centro de buceo.
- Deben informar antes de cada inmersión de:
- La actividad que van a realizar
- El precio
- Los conocimientos, requisitos físicos o destrezas que se requieren.
- Las medidas de seguridad previstas
- La cobertura de los seguros suscritos con el centro
- Los materiales que se tienen que utilizar
- Los conocimientos medioambientales para preservar el entorno
- La existencia y disponibilidad de hojas de reclamación
- Lugar, parejas y limitación de tiempo y profundidad
Como centro de buceo nos encontramos con innumerables preguntas sobre este tema y me gustaría resaltar o resumir las más importantes:
- Esta totalmente prohibido bucear solo.
- No es necesario presentar el certificado médico con firmar una declaración responsable como que se tiene es suficiente.
- No es necesario presentar el titulo en el centro de buceo, con firmar una declaración responsable es suficiente.
- No es obligatoria una “licencia de buceo” para bucear en Mallorca, como exigen algunos centros de buceo.
- Es imprescindible tener un seguro de buceo que cubra el tratamiento en cámara hiperbárica.
- Siempre deben llevar cuchillo los buceadores.
- Es obligatorio llevar dos segundas etapas.
- Está prohibido bucear sin una embarcación de apoyo.
Para ser monitor de buceo en España, actualmente se debe tener un titulo reconocido u homologado por alguna comunidad autónoma. Por lo tanto, actualmente con un titulo de PADI, SSI, ACUC, FEDAS, etc.. se puede trabajar como Instructor o monitor de buceo.
Estas organizaciones de enseñanza de buceo disponen de grandes profesionales de la enseñanza, que han diseñado excelentes programas, testados en todo el mundo por miles de instructores. Entre ellas se copian los avances y mejoras en los programas didácticos, evolucionando hacia unos cursos que cada año son mejores. Qué suerte tenemos en el buceo con la existencia de estos sistemas de enseñanza. Qué más quisiera cualquier otro deporte como el ski, montañismo o la vela, tener estos cursos tan bien estructurados, amenos, con excelentes medios audiovisuales, testados por miles de instructores y con una carga lectiva justa para cada nivel. No solamente son de gran calidad, sino que en todo el mundo se realizan igual. Un curso de iniciación realizado en Australia es muy parecido al que se realiza en Noruega, Japón o Brasil.

Sin embargo, existe ya un borrador de decreto por el que nuestra administración central pretende, que para ejercer como monitor de buceo, se tendrá que tener la titulación de Técnicos Deportivos de Buceo.
Esta titulación, tal y como está en el borrador, implicaría una formación deportiva reglada en España para poder trabajar como tal.
En principio, para los que podamos demostrar que llevamos años dedicados a la enseñanza del buceo se realizarán convalidaciones. El problema será para los que empiecen y para los extranjeros que vengan a trabajar temporadas cortas a España.
¿Se imaginan monitores extranjeros que vienen a trabajar para pocos meses a escuelas de buceo de Baleares o Canarias por ejemplo, que no hablan nuestro idioma, tuviesen que hacer un curso con una gran carga lectiva, todo en español?
No vendrían a España y muchos Centros de Buceo tendrían que cerrar, porque no encontrarían personal o porque no pueden dar servicio a sus clientes alemanes, rusos, británicos, etc..
La formación de técnico deportivo estará dividida en dos bloques: Bloque Común, igual para todos los deportes, trata aspectos generales del deporte como fundamentos biológicos, teoría del entrenamiento deportivo o organización y legislación del deporte, impartido por entidades como la Escuela Balear del Deporte, Instituto Ceutí del deporte, Instituto Madrileño del deporte, etc.. ¿Pueden ustedes entender para que necesita un monitor de buceo conocer la legislación del deporte en España, o los fundamentos del entrenamiento competitivo? El buceo recreativo no es competitivo, por seguridad no debería serlo.
El segundo bloque es el Bloque Específico de cada Deporte. El bloque especifico lo lógico es que sea impartido por cualquier organización de enseñanza de buceo.
Las distintas federaciones autonómicas de actividades subacuáticas se frotan las manos porque creen, que como en todos los demás deportes la impartición del bloque específico lo realiza la federación de cada deporte, para ser monitor de buceo necesariamente tendrán que pasar por la federación de actividades subacuáticas. Sin embargo otros deportes no tienen organizaciones internacionales de enseñanza como existe en el buceo y los monopolios no están permitidos en nuestro país, ni en Europa. Si las Organizaciones de Enseñanza de Buceo reúnen los requisitos legales, podrán impartir dicha formación también, como es lógico y justo.
Es patético ver como algunas federaciones, sin haber sido aprobado el decreto aún, publicitan estos cursos como obligatorios y además afirman ellos son los únicos autorizados a impartirlos. Evidentemente tanto las Organizaciones Internacionales de Enseñanza de Buceo con la Asociación de Buceadores Recreativos de España (A.B.R.E.) como las empresas de Buceo a través de la Federación Nacional de Centros de Buceo, han mantenido reuniones con altos cargos del gobierno para tratar de paralizar este decreto y en el peor de los casos que se realicen muchas modificaciones al borrador y que perjudique lo menos posible a nuestro sector.
De momento no está en vigor, pero si este borrador de Decreto se llega a aprobar, puede ser un gran problema para los centros y escuelas de buceo.
Es increíble que un país cuya principal fuente de ingresos es el turismo, perjudique tanto a las empresas turísticas que generan empleo y riqueza y que cada vez se pongan más trabas innecesarias de la administración.


